El consulado coreano de LA dice que Yoo Seung Jun puede solicitar una visa de turista

El Consulado General de la República de Corea en Los Ángeles (en adelante “Consulado General de Corea de Los Ángeles”) ha declarado que Yoo Seung Jun puede solicitar una visa de turista pero no la visa coreana de ultramar F-4.

Yoo Seung Jun fue un popular cantante coreano en la década de 2000 que declaró públicamente que completaría su servicio militar obligatorio. En 2002, obtuvo la ciudadanía estadounidense y renunció a su ciudadanía coreana, eximiéndolo del servicio militar obligatorio. Desde entonces, el Ministerio de Justicia le ha prohibido ingresar al país.

En julio pasado, la Corte Suprema de Corea dictaminó que era ilegal negarle a Yoo Seung Jun una visa para ingresar a Corea del Sur, abriendo la posibilidad de su regreso. A principios de este mes, Yoo Seung Jun dio una entrevista sobre sus controversias pasadas en “Night of Real Entertainment” de SBS

El 20 de septiembre, el Tribunal Superior de Seúl escuchó los primeros argumentos en el caso que Yoo Seung Jun presentó contra el Consulado General de Corea de Los Ángeles sobre su rechazo de su solicitud de visa. Este caso fue originalmente presentado en el 2015 y el tribunal inferior decidió a favor del Consulado General. Este nuevo juicio tiene la intención de determinar si el caso será remitido (enviado de vuelta a la corte).

Durante el juicio, el Consulado General de Corea de Los Ángeles declaró: “Entre todas las visas que otorgamos, la visa F-4 otorga la mayoría de los beneficios. La visa F-4 no es la única visa que el demandante [Yoo Seung Jun] puede solicitar. Puede solicitar una visa de turista general. Si el objetivo del demandante es regresar a sus raíces como coreano, entonces creemos que la visa de turista será suficiente”.

Los representantes de Yoo Seung Jun declararon: “Yoo Seung Jun solicitó la visa F-4 desde un punto de vista legal. Si intenta ingresar al país sin una visa, entonces se le negará la entrada. Para impugnar esto legalmente, debe haber una disposición de rechazo cuando se solicita la visa. El demandante es un coreano en el extranjero según lo definido por la Ley de Corea en el extranjero. La Ley Coreana de Ultramar abarca la tolerancia y la apertura con la creencia en la importancia de la conexión entre los coreanos. La visa F-4 es elegible sólo para coreanos en el extranjero y no para el público internacional en general. El demandante solicitó la visa F-4 porque la visa F-4 es exclusivamente para coreanos en el extranjero”.

La visa coreana de ultramar F-4 es una visa de entradas múltiples que es válida por cinco años, con un período de residencia de dos años. Los ex-ciudadanos coreanos o los hijos de ex-ciudadanos coreanos son elegibles para postularse.

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